LEY SEGUNDA OPORTUNIDAD
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
En 2022, Europa ha obligado a España a aplicar la “LEY EUROPEA DE SEGUNDA OPORTUNIDAD”, donde los particulares, autónomos y empresas sobre endeudadas o con negocios fracasados, pueden cancelar todas sus deudas, obtener una Segunda Oportunidad y perdonarles hasta el 100% de tus deudas.
Esta ley ofrece la posibilidad de un nuevo comienzo financiero al cancelar las deudas pendientes, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y se sigan los procedimientos legales establecidos.
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Nuestra política ‘Si no ganamos, no cobramos’ garantiza que solo aceptamos casos con altas probabilidades de éxito.
Además, no pedimos provisión de fondos inicialmente, ya que adelantamos todos los gastos necesarios.
Esto proporciona una tranquilidad total a nuestros clientes, asegurando que solo cobramos si ganamos tu caso.
¿Cuáles son los requisitos?
- Ser persona física o autónomo.
- Estar en situación de insolvencia: No poder pagar las deudas vencidas y exigibles.
- Haber actuado de buena fe: No haber cometido fraude o delito económico.
- No haber sido condenado por delitos contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social, en los últimos 10 años.
- No haber sido inhabilitado para administrar bienes, en los últimos 5 años.
- Tener más de 1 acreedor, es decir como mínimo 2 acreedores.
- Tener una deuda de más de 10.000 euros.
¿Quién puede acogerse?
¿Qué deudas se pueden cancelar?
- Préstamos
- Tarjetas de crédito
- Hipotecas
- Microcréditos
- Facturas
- Deudas con proveedores
- Deudas con Hacienda (hasta 10.000€)
- Deudas con Seguridad Social (hasta 10.000€)
¿Qué procedimiento sigue la Ley de Segunda Oportunidad?
Con la reforma de la Ley de la Segunda Oportunidad en el año 2022, Europa obligó a España a aplicarla con un nuevo procedimiento.
El proceso se simplifica, ya no es necesario enfrentarse a trámites notariales ni a negociaciones extrajudiciales complicadas.
Basta con presentar un escrito firmado por abogado y procurador al Juzgado de lo Mercantil correspondiente, junto con la documentación requerida por la ley.
Desde el Bufete Sanz & Abogados, te ayudamos en todo este camino, te acompañamos en cada paso, ayudándote en la recopilación de los documentos necesarios. Desde antecedentes penales hasta detalles sobre tu patrimonio y explicaciones sobre el origen de tus deudas, nos aseguramos de que cumplas con todos los requisitos para acceder a esa nueva vida económica.
Una vez presentada la solicitud y toda la documentación pertinente, el juzgado emitirá una resolución que te declara en concurso de acreedores, el primer paso hacia la Exoneración del Pasivo Insatisfecho. Esta situación se comunica a tus acreedores y se hace pública en los registros correspondientes.
El siguiente paso depende de tu situación patrimonial. Si no posees bienes, puedes optar por la eliminación total de las deudas exonerables, salvo algunas excepciones legales. En caso de poseer bienes, como la vivienda habitual, diseñaremos una estrategia que te permita conservarlos mientras se establece un plan de pagos adecuado.
Al finalizar el proceso, el Juzgado acuerda la exoneración del pasivo insatisfecho, liberándote de las deudas pendientes, incluso aquellas no comunicadas anteriormente. Además, se ordena a los acreedores eliminar tus datos de los registros de morosos, permitiéndote volver a acceder al crédito y recuperar tu estabilidad financiera.
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