Bufete Sanz & Abogados

Ficheros de morosos y tarjetas revolving

Inclusión en ficheros de morosos por tarjetas revolving

Tus abogados expertos en ficheros de morosos

En la siguiente entrada de nuestro blog, os hablaremos de la inclusión en ficheros de morosos en casos de sentencias de tarjetas revolving. Desde el Bufete Sanz Abogados te ayudamos a reclamar la inclusión indebida en cualquiera de los ficheros: ASNEF, RAI, Experian, Cirbe.

Di adiós a estar en un fichero de morosos

Como ya sabéis, muchas de las entidades bancarias durante los últimos años, han dedicado todos sus esfuerzos a comercializar tarjetas revolving y minicréditos. Cabe destacar que ambos cuentan con unos intereses muy elevados, siendo muy difícil su pago a los consumidores y convirtiéndose de esta forma, en un bucle de deuda.

Esto generó que el Tribunal Supremo en marzo de 2020 declarase el carácter usurario del interés de las tarjetas revolving. Lo que, produjo la gran cantidad de reclamaciones y la nulidad de las mismas.

Debido a esto, las entidades bancarias han decidido incluir a los consumidores de los productos revolving en listados de morosos a modo de presión.

Compañías telefónicas otra de las habituales en inclusión de ficheros de morosos

Además de las entidades bancarias y sus tarjetas, lo más popular en inclusión de ficheros de morosos son los operadores telefónicos. En la mayor parte de los casos, los clientes discrepan de la deuda que es exigida por la compañía.

Muchos de nuestros clientes, caen en cuenta de estar incluidos en un fichero porque se les deniega la financiación al realizar algún tipo de compra, por lo que deciden acudir a nuestro despacho de abogados.

La inclusión en los ficheros de manera indebida, supone un daño moral por intromisión ilegítima en el derecho al honor, atentando contra los derechos fundamentales al honor, intimidad personal, propia imagen y protección de datos del consumidor.

¿Cuáles son los requisitos para ser incluido/a en un fichero de morosos?

La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, reconoce la legalidad de los ficheros de morosos siempre que sean cumplidos una serie de requisitos:

  • Debe haber una deuda cierta, vencida y exigible. En el caso de particulares, la deuda debe ser mínimo de 50 euros. Por otro lado, la cantidad no debe estar siendo reclamada de manera judicial, administrativa o arbitralmente.
  • El afectado debe haber sido informado sobre la posibilidad de inclusión en el fichero, en el contrato o en el momento de requerir el pago. Pasados 5 años desde la inclusión en el registro de morosos y, aunque no se haya abonado el importe, los datos deberán eliminarse.

¿Puedo reclamar la vulneración del derecho al honor?

El derecho al honor es el «Derecho a que se respete la reputación, fama o estimación social de una persona».

Es necesario saber que la inclusión indebida en un fichero de morosos sin respetar los requisitos anteriormente nombrados supone la existencia de un perjuicio indemnizable dada la intromisión ilegítima y lesión del derecho fundamental al honor.

En el caso de la tarjetas revolving, siempre que el consumidor haya manifestado a la entidad financiera su disconformidad con la existencia de la deuda. Es decir, valdría el envío de una comunicación con certificación de texto en la que se indique que no está de acuerdo con la existencia de la deuda por interés abusivo usurario.

Con esa comunicación y una resolución judicial favorable, si la entidad de crédito decide aun así incluirte en un listado de morosos se produciría una vulneración del derecho al honor.

Si estamos seguros de que la deuda no es cierta, es el momento de plantearse la posibilidad de iniciar los trámites de reclamación por inclusión en un fichero de morosos y vulneración del derecho al honor.

Abogados de ficheros de morosos

En el Bufete Sanz Abogados de Alicante, somo expertos en defensa del consumidor. Desde nuestro despacho te ayudamos a reclamar la inclusión indebida en cualquiera de los ficheros de morosos (ASNEF, RAI, Equifax, Experian, Cirbe). Contacta al 965 28 72 77 o al 645 96 78 79, para ponerte en contacto con nuestro despacho, si lo deseas también puedes hacerlo a través del formulario de contacto de nuestra web.

TE ANIMAMOS A VISITAR NUESTRAS REDES SOCIALES CONOCER TODAS LAS NOVEDADES.